El día 01 de febrero de 2021 ha entrado en vigor el nuevo Reglamento sobre la comercialización y la utilización de Precursores de Explosivos.
Afecta a empresas como Cooperativas Agrícolas, empresas que realizan tratamiento de aguas en sus procesos industriales, fabricación de productos químicos, fabricación de abonos…
Existen dos tipos de Precursores de Explosivos, los Restringidos y los Notificables.
- Precursores de Explosivos Restringidos (Anexo I): solo se podrán vender a profesionales siempre y cuando se tenga previamente una declaración de uso al que va a destinar dicho Precursor (Anexo IV). No se podrán vender a particulares salvo que tengan autorización expresa por parte del Centro de Inteligencia Contra el Terrorismo y el Crimen Organizado.
Aquí podemos encontrar, entre otros, Ácido Nítrico, Ácido Sulfúrico y Nitrato Amónico y mezclas de Nitrato Amónico que tengan más del 16% de nitrógeno, para los cuales se deberá disponer de la declaración de uso (Anexo IV) para cada transacción o al menos una vez al año para aquellos clientes que compren de manera recurrente desde el 01 de febrero de 2021.
- Precursores de Explosivos Notificables (Anexo II): se podrán venden tanto a profesionales como a particulares sin ningún tipo de requisito pero habrá que notificar al Centro de Inteligencia Contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (tfno. 915372766) cualquier venta sospechosa, pérdida o robo.
Aquí podemos encontrar, entre otros, Acetona, Nitrato Potásico, Nitrato Cálcico y Nitrato de Magnesio Hexahidratado y mezclas de estos nitratos que contengan al menos un 1% así como mezclas con nitrato amónico con menos del 16% de nitrógeno.
En los siguientes enlaces podrán descargar el Reglamento de Precursores de Explosivos así como un modelo de declaración de uso para Precursores de Explosivos Restringidos:
Reglamento de Precursores de Explosivos
Declaración de uso Precursores Explosivos Restringidos (Anexo IV)